Resumen | |
[J] | El Tribunal General anula el marco de vigilancia del Eurosistema publicado por el BCE, que impone a las entidades de contrapartida central la obligación de estar domiciliadas en la zona euro. |
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El Eurosistema está formado por el Banco Central Europeo (BCE) y por los bancos centrales nacionales de los Estados miembros que han adoptado el Euro como moneda común. El 5 de julio de 2011, el BCE publicó en su sitio de Internet el marco de la política de vigilancia del Eurosistema, describiendo el papel de este último en la supervisión de los «sistemas de pago, de compensación y de liquidación». Según el BCE, la vigilancia del conjunto de estos sistemas e infraestructuras resulta de la función que le confía el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) de promover el buen funcionamiento de los sistemas de pago y del artículo 22 de los Estatutos del Eurosistema y del BCE que prevé que «el BCE podrá dictar reglamentos destinados a garantizar unos sistemas de compensación y liquidación eficientes y solventes dentro de la Unión, así como con otros países». | |
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